Prueba anticipada y prueba preconstituida en el delito de actos contra el pudor en menores de 14 años en el distrito fiscal de Lima este.
Resumen
En este estudio sobre "Prueba Anticipada y Prueba Preconstituida en el Delito de
Actos contra el Pudor en Menores de 14 años en el Distrito Fiscal de Lima Este ",
se destaca la preocupante problemática de los crecientes índices de violencia en
nuestra sociedad, particularmente en el ámbito familiar y los quebrantamientos de
hechos hacia la castidad que afectan a infantes.
En el contexto de esta investigación, se observa la existencia de una ley que busca
evitar, penalizar y suprimir la violencia, de la misma manera los elementos
normativos que se aplican en casos de crímenes de connotación sexual en infantes.
Específicamente, se analiza la utilización de la Prueba Anticipada y la Prueba
Preconstituida como mecanismos para obtener pruebas relevantes para la indagación
y el transcurso jurídico.
La Prueba Anticipada se presenta como una opción para obtener la manifestación de
infantes, puertos y jóvenes damnificados de crímenes abarcados en el artículo 176-
A del Código Penal, relacionados con el incumplimiento de la autonomía y la
libertad de la elección sexual, prostitución y agravios colectivos. Esta medida se
fundamenta en el génesis del Interés Superior del Niño y busca evitar la
revictimización de los infantes al permitir que su declaración sea registrada
previamente, garantizando su protección emocional y evitando la repetición de
testimonios traumáticos.
Por otro lado, la Prueba Preconstituida se destaca como esa que se incorpora
legítimamente al procedimiento penal como centro de prueba, sin necesidad de una
audiencia previa para su incorporación. Se considera irrefutable y se aplica a actos
objetivos e irreproducibles, como las actas de registro personal, incautación,
reconocimiento, entre otras, que son realizadas por agentes policiales.
No obstante, se plantean preocupaciones sobre la gestión judicial en el Distrito Fiscal
de Lima Este debido a la falta de presupuesto, lo que se traduce en la limitación de
recursos humanos con un solo Juez Penal de Turno y un Especialista Judicial para
atender una alta carga procesal. Esto ha generado dificultades para llevar a cabo las
solicitudes de Prueba Anticipada por parte de la Fiscalía, y en su lugar, se ha
recurrido a la Prueba Preconstituida para la Entrevista Única de los menores
agraviados, lo que podría plantear cuestionamientos en la fase del Juicio Verbal.
El estudio también aborda el marco normativo y jurisprudencial que respalda el uso
de ambas pruebas, haciendo énfasis en la protección de los derechos de los infantes
y pubertos y la importancia del Interés Superior del Niño en el proceso judicial.
Además, se señala la relevancia de la Declaración de los Derechos del Niño, la
Convención sobre los Derechos del Niño, el Código de los Niños y Adolescentes y
el Código Procesal Penal, entre otros, como bases legales para la implementación de
estas pruebas.
En conclusión, el estudio resalta la necesidad de una gestión judicial más eficiente
para asegurar el paso a la equidad de los damnificados de delitos de connotación
carnal en menores, especialmente en el Distrito Fiscal de Lima Este. Se destaca la
importancia de utilizar adecuadamente la Prueba Anticipada y la Prueba
Preconstituida para proteger los derechos de los menores y lograr una adecuada
administración de justicia en casos tan delicados como los delitos en oposición el
recato en jóvenes menores de 14 años.
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- Derecho [605]
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