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dc.contributor.advisorVelarde Ramirez, Alberto
dc.contributor.authorSuyo Pomalia, Luz Marleny
dc.date.accessioned2023-05-17T14:31:31Z
dc.date.available2023-05-17T14:31:31Z
dc.date.issued2023-05-17
dc.identifier.urihttp://repositorio.uigv.edu.pe/handle/20.500.11818/7044
dc.description.abstractEl fin de aplicar instrumentos de control por los gobiernos es evitar que grupos de poder particulares se beneficien en detrimento de la mayoría de la población; este es el caso del presente trabajo de investigación, que busca describir como las normas aprobadas por un organismo electoral procuran evitar la infiltración de aportes indebidos para la campaña de los partidos políticos, pues es sabido por diversos medios que en campañas electorales anteriores, los partidos políticos reciben grandes sumas de dinero para propaganda electoral, regalos para los asistentes en cierres de campaña, movilización del candidato en vehículos privados, viajes en avión, etc., para posteriormente ser “cobrados” a través de favores políticos, aprobación de leyes con nombre propio, otorgamiento de licitaciones públicas y puestos en las altas esferas del Estado. En este sentido, una de las funciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, en adelante ONPE, es la supervisión de los fondos partidarios de las organizaciones políticas; siendo el “Reglamento de financiamiento y supervisión de fondos partidarios”, aprobado con Resolución N° 25-2018JN/ONPE, la primera norma de supervisión que se aplica a un proceso electoral, de manera puntual al proceso electoral de elecciones regionales y municipales 2018. Siendo el proceso de Elecciones Municipales Regionales 2018 el primero en el que se aplicó el Reglamento de Supervisión de Fondos Partidarios, originó que muchos ex candidatos desconocieran o pretendieran desconocer esta obligación. Este es el caso del expediente analizado y perteneciente al ex – candidato Rolando Fulgencio Perales Cacho, quién postuló como candidato a alcalde para el Consejo Provincial de Palpa, Región Ica, en el marco de las Elecciones Municipales 2018. A dicho ex candidato se le sancionó por comprobarse su candidatura a través de la solicitud de inscripción ante el Jurado Electoral Especial de Ica y no presentar su información de aportes y gastos de su campaña en los plazos establecidos por la ONPE; sin embargo, como su partido político no logró inscribirse en dicho proceso electoral la sanción, por lo tanto, no le correspondía, pues nunca adquirió la condición de candidato oficial.es_PE
dc.description.uriTrabajo de Suficiencia Profesionales_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad Inca Garcilaso de la Vegaes_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/closedAccesses_PE
dc.rightsAtribución-NoComercial-CompartirIgual 2.5 Perú*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/*
dc.sourceUniversidad Inca Garcilaso de la Vegaes_PE
dc.sourceRepositorio Institucional - UIGVes_PE
dc.subjectfondos partidarioses_PE
dc.subjectorganizaciones políticases_PE
dc.subjectcandidatos para elección populares_PE
dc.subjectprocesos electorales municipaleses_PE
dc.subjectprocedimiento administrativo sancionadores_PE
dc.titleProcedimiento administrativo sancionador a un ex-candidato en el marco de las elecciones regionales y municipales 2018es_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_PE
thesis.degree.grantorUniversidad Inca Garcilaso de la Vega. Facultad de Derecho y Ciencias Políticases_PE
thesis.degree.levelTítulo Profesionales_PE
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE
thesis.degree.nameAbogadoes_PE


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