Lesiones dolosas en el proceso de faltas
Fecha
2022-11-13Autor
Fernández Calderón, Abraham Nahúm
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El caso analizado versa sobre un proceso por faltas que se tramita en el distrito judicial
de Ayacucho. Este tipo de procesos son competencia de los Jueces de Paz Letrado o de los
Jueces de Paz abarcando circunscripciones territoriales de poca extensión. La controversia
versa sobre las faltas contra la persona - lesiones simples dolosas, previstas en el artículo 441º
numeral 1 del Código Penal, que contiene varios aspectos problemáticos desde el punto de vista
procesal como sustantivo.
Los hechos que dan lugar al proceso refieren a la presencia de lesiones recíprocas, en
el caso de una de las partes configuran el delito de lesiones graves y que se tramita ante un Juez
de Investigación Preparatoria, y respecto a la otra, solo faltas contra la persona – lesiones
simples. Al ser procesos que tiene características diferentes en relación a la promoción de la
acción y competencia judicial se tramitan por separado, siendo improcedente la acumulación
de acuerdo al artículo 50° del Código Procesal Penal.
Desde el punto de vista procesal, se tiene que la instancia de apelación declaró nula la
sentencia de primera instancia que absolvía al procesado de los cargos imputados, entonces, se
plantea si esta nulidad estuvo debidamente sustentada y si no se excedieron los límites de la
congruencia al pronunciarse por la nulidad en base a vicios que no fueron invocados por el
apelante, para lo cual es importante observar lo previsto en el artículo 409° numeral 1) del
Código Procesal Penal. Luego de haber recibido una sentencia absolutoria en primera instancia
se declara nula esta decisión, por defectos que afectan diversos aspectos del debido proceso
formal como son la debida motivación de las resoluciones judiciales, el derecho a probar y el
derecho de defensa y otros derechos que no fueron invocados expresamente en el recurso de
apelación como el derecho a observar el procedimiento preestablecido por ley y el plazo
razonable.
Por otro lado, desde el punto de vista del derecho penal sustantivo, la problemática
reside en si se configuró o no, la causa de justificación consistente en la legítima defensa,
prevista en el artículo 20 del Código penal. Se debe recordar que esta causa de justificación de
ser perfecta (si reúne todos los requisitos exigidos por la norma penal) se configura como causa
que exime de la responsabilidad penal y civil al excluir la antijuridicidad.
En el este trabajo de suficiencia profesional se plantea como objetivos determinar de
qué modo en el caso concreto se han afectado las garantías procesales de debido proceso, en
relación a la debida motivación de las resoluciones judiciales, el derecho a probar, de defensa,
de observar el procedimiento preestablecido por ley, así como, determinar si era posible
declarar la nulidad por causas no invocadas por el apelante considerando el principio de
congruencia en la impugnación teniendo en consideración el artículo 409° citado, y finalmente,
establecer si correspondía o no la aplicación de la legitima defensa como causa eximente de
responsabilidad penal y civil en el presente caso.
La importancia de este caso para justificar la realización del trabajo de suficiencia
profesional, está dado por el hecho que si bien, el proceso analizado no es el más complejo, su
uso es frecuente, justamente porque es común la comisión de faltas contra las personas, en la
modalidad de lesiones dolosas, siendo relevante conocer cuál es el procedimiento seguido en
estos casos y como les alcanza las garantías judiciales contenidas en el artículo 14º del Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el artículo 8º de la Convención Americana de
Derechos Humanos y el artículo 139º de la Constitución vigente. Con este trabajo se podrá
contribuir en el estudio de estas garantías aplicadas al proceso por faltas, que tiene un desarrollo
escaso en la doctrina nacional. Por otro lado, permitirá el análisis en el caso concreto de la
legítima defensa y su aplicación en faltas contra la persona, regularmente se estudia esta causa
de justificación aplicada a los delitos.
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- Derecho [597]
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